Comisiones Obreras de Navarra | 29 marzo 2024.

El Departamento de Salud obligado a readmitir a un trabajador por un despido improcedente

  • El juzgado de lo social estima una demanda de CCOO, y declara improcedente un despido porque los contratos firmados fueron en fraude de ley.
  • Exige al Departamento de salud que tome medidas de forma urgente y contundente para terminar con una tasa de temporalidad del 51%

01/08/2018.
Salud

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Recientemente el juzgado de lo social ha estimado una demanda de CCOO, por lo que declara improcedente el despido de un trabajador con contrato administrativo. A consecuencia de este fallo, tal y como se procede en casos de despidos improcedentes, el Departamento de Salud debía o indemnizar al trabajador con 34.000 € o readmitirlo, en este caso el Gobierno ha optado por la readmisión.

Tal y como lo ha subrayado Carmen Pueyo, secretaria general de la Federación de Sanidad de CCOO, el trabajador desde el año 2013 venía prestando sus servicios con un contrato administrativo por otras necesidades de personal, contrato que posteriormente fue modificado por un contrato por vacante y cuya situación se prolongó hasta mediados del mes de diciembre de 2017 cuando fue cesado.

La secretaria general de la Federación de Sanidad ha explicado que en muchos casos, el Departamento de Salud realiza contrataciones que se llaman administrativas, para ahorrarse algunos costes, frente a las contrataciones laborales con más derechos para la persona trabajadora, y se encadenan contratos administrativos durante largos periodos de tiempo. Esta práctica implica mayor temporalidad, menos derechos laborales y a la larga un mayor coste para la administración porque esta no es la primera sentencia que se gana sobre este tema.

A juicio de CCOO, los elevados niveles de temporalidad en Salud son inaceptables. Hay un 51% de temporalidad, y el 65% de los contratos que se firman son para menos de una semana. Es sin duda el departamento que más temporalidad tiene, 20 puntos más que en educación por ejemplo. La salud es fundamental en el Estado de Bienestar, y por ello urge tomar medidas para acabar con esta enorme temporalidad, que afecta a la calidad del servicio público que se ofrece.

El sindicato ha subrayado que, las contrataciones administrativas, como la que hemos recurrido, están contempladas por la ley como algo extraordinario, enfocadas a reforzar puntualmente el servicio, pero desgraciadamente el Gobierno de Navarra, este y el anterior, las ha convertido en una norma.

Por todo ello CCOO ha celebrado la sentencia, ya que el juzgado considera que la jurisdicción social es competente para enjuiciar estos temas cuando bajo la apariencia de una contratación administrativa, se encubre una relación laboral o cuando la contratación administrativa no se ajusta al cauce legal correspondiente, cuestión que ocurre en este caso.

En este sentido Daniel Colio, responsable del gabinete jurídico de CCOO, ha destacado que el juzgado afirma en la sentencia que al no acreditarse ni justificarse los motivos que permiten la utilización de esta modalidad administrativa, la relación entre el Servicio y el trabajador es constitutiva de un contrato de trabajo indefinido no fijo y el cese en el mismo conlleva las consecuencias que la ley regula para los despidos improcedentes, debiendo la Administración decidir si reincorpora al trabajador o en su caso le abona la indemnización prevista en el Estatuto de los Trabajadores para los despidos improcedentes, que en este supuesto asciende a casi 34.000 euros.

Por todo ello CCOO considera importante tener en cuenta que a diferencia de los contratos laborales, los contratos administrativos no conllevan a su finalización el abono de ninguna indemnización y que la utilización abusiva y fraudulenta de los mismos por parte del SNS-O ha dado lugar a varias sentencias judiciales.

Desde CCOO exigimos el máximo rigor en todos los procesos de contrataciones, el escrupuloso cumplimiento de la legislación, el respeto por los derechos de las personas contratadas en el ámbito de la Administración, el uso responsable de unos recursos económicos que por la mala gestión en las contrataciones están causando un enorme daño a las arcas públicas a causa de las indemnizaciones a las que obligan esas sentencias, la asunción de responsabilidades por parte de la Dirección correspondiente y la realización de unas convocatorias de empleo público que reduzcan la temporalidad hasta el 8% (actualmente en torno al 45% en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea) en consonancia con el acuerdo alcanzado por CC.OO. y el Ministerio de Administraciones públicas en marzo de 2017.