Comisiones Obreras de Navarra | 28 marzo 2024.

La plantilla de M Torres ratifica el preacuerdo alcanzado entre la dirección y los sindicatos CCOO y CITE por el 70,3% de los votos emitidos

  • CCOO subraya que se han minorado de forma importante los despidos anunciados, y han aumentado muy por encima de lo que marca la ley las indemnizaciones previstas.
  • El acuerdo contempla despidos con indemnizaciones de 33 días, prejubilaciones con el 80% de complemento salarial y un Plan de recolocación.
  • El 70,3% de la plantilla, 294 personas, han votado a favor del acuerdo, el 22%, 90 personas, han votado no y el 8%, 32 personas, han votado en blanco. En total han participado 416 personas de la plantilla.

15/03/2021.

La mayoría de la plantilla de M Torres ha ratificado el preacuerdo alcanzado entre la dirección de la empresa y los sindicatos CCOO y CITE, con el 70,3% de los votos a favor, 294 personas, han votado a favor del acuerdo, el 22%, 90 personas, han votado no y el 8%, 32 personas, han votado en blanco. En total han participado 416 personas de la plantilla.

En opinión de Carlos Ibáñez, presidente del comité de empresa y delegado de CCOO, “tal y como hemos repetido durante el periodo de negociaciones cualquier acuerdo debería ser ratificado por la plantilla, cosa que ha sucedido”.

Tal y como ha destacado Ibañez “el acuerdo mejora de forma sustancial las primeras intenciones de la empresa, ya que pasa a contemplar 88 despidos a 64, cifra que aun podría bajar más teniendo en cuenta las prejubilaciones previstas, y aumenta de forma notable las indemnizaciones ya que se contemplan 33 días por año trabajo con un máximo de 24 mensualidades, indemnización muy por encima de los 20 días que fija la ley.”

Los principales aspectos del acuerdo alcanzado son los siguientes:

64 personas afectadas por el preacuerdo, 24 menos que las contempladas inicialmente.

Indemnización: 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Plan de Prejubilación: los trabajadores afectados por el expediente, de 60 años o más podrán acogerse a un Plan de Prejubilación que garantice un complemento del 80% de su salario neto hasta los 65 años. Los de 59 años podrán acogerse con un complemento del 80% de su salario neto hasta los 63 años. Garantizando el mantenimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social y siendo de carácter voluntario optar libremente entre la indemnización por despido acordada o el Plan de Prejubilación.

Programa de recolocación: durante un periodo de 9 meses. El programa comprende además servicios adicionales como asesoramiento y apoyo a hijos, apoyo familiar y a parejas, y asesoramiento financiero. Aquellos trabajadores afectados por la medida extintiva que quieran adherirse al servicio de recolocación deberán comunicarlo al departamento de Recursos Humanos de la Empresa antes del 31 de marzo de 2021.

Reingreso preferente: en caso de vacante indefinida de igual o similar categoría, durante los años 2021, 2022 y 2023, siempre que reúnan todos los requisitos del perfil requerido a criterio de la empresa. Las condiciones de reingreso serán conformes a la política retributiva de la empresa teniendo en cuenta la posición a ocupar, el nivel de responsabilidad asumida y la capacitación y conocimiento aportados.

Licencia retribuida: la empresa concede una licencia retribuida para el periodo que media entre la comunicación de la extinción del contrato y hasta el 31 de marzo de 2021. En términos generales, y a excepción de los días de actividad que se precisen algunos trabajadores durante el tiempo imprescindible para el trasvase de información. A los trabajadores a los que no aplique completa la licencia retribuida se les comunicará en el preaviso de extinción del contrato.

Periodo de extinción: la extinción de los contratos se producirá el día 31 de marzo de 2021.