Comisiones Obreras de Navarra | 19 abril 2024.

1º Mayo 2024

El Gobierno de Navarra es condenado a abonar el seguro colectivo de vida a una contratada administrativa tras una demanda de CCOO

  • CCOO acreditó en el juicio que la trabajadora no tenía ordenador propio ni acceso a la intranet, por lo que desconocía la existencia de ese seguro, que asciende a 27.770 euros.
  • El sindicato pide a la Administración Foral que informe a los empleados y empleadas públicas, tanto temporales como fijos, de la existencia y condiciones de estos seguros a los que tienen derecho.

08/11/2021.
Gobierno de Navarra

Gobierno de Navarra

Una trabajadora del Gobierno de Navarra con contrato administrativo, a la que se le reconoció una incapacidad permanente total en el 2011 mientras estaba trabajando, solicitó en marzo de 2017 que se le abonara el seguro de vida suscrito por el Gobierno para estos supuestos y cuya cuantía ascendía a 27.770,40 euros. Tanto el Gobierno de Navarra como la compañía de seguros desestimaron la solicitud por considerar que habían pasado más de cinco años desde que se le reconociese la incapacidad, y por tanto, el derecho al cobro de la indemnización estaba prescrito.

La trabajadora acudió a la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, y por medio de los servicios jurídicos del sindicato, se interpuso una demanda reclamando el derecho de la empleada pública al abono de esta cantidad, ya que desconocía en su momento la existencia de esta póliza.

En el desarrollo del juicio celebrado ante el Juzgado de lo Social Nº 2, el Gobierno de Navarra alegó que toda la información sobre los seguros estaba colgada en la intranet de los empleados y por lo tanto durante cinco años la trabajadora pudo solicitar el abono del seguro. Sin embargo, la trabajadora pudo acreditar que en su centro de trabajo no tenía un ordenador propio asignado a su puesto, ni tenía habilitado un acceso a intranet. Además, también se probó que ni el Gobierno de Navarra ni la aseguradora informaron a la trabajadora de la existencia del seguro. La sentencia estima la demanda porque considera que el plazo de prescripción de cinco años debe empezar a computarse desde que la trabajadora tuvo conocimiento de la posibilidad del ejercicio de la acción, es decir, desde que se enteró que había un seguro que cubría este supuesto.

Desde la Federación de Servicios para la Ciudadanía de CCOO de Navarra, constatamos que gran parte de las personas trabajadoras en el ámbito de la administración del Gobierno de Navarra siguen sin conocer la existencia y condiciones de estos seguros a los que tienen derecho. Por ello, exigimos que se dispongan los medios necesarios para que esta información sea facilitada de forma expresa a todos los empleados y empleadas públicos, temporales o fijos, que presten servicio en la Administración Foral.