Comisiones Obreras de Navarra | 2 mayo 2024.

1º Mayo 2024

El Ayuntamiento de Barañain vulneró el derecho a la conciliación laboral para un trabajador de su plantilla

  • Así lo reconoce una sentencia del Juzgado de lo Social Nº2 de Navarra, que se apoya en el Acuerdo de Flexibilidad Horaria firmado en 2018 entre plantilla y Ayuntamiento de la localidad.
  • La sentencia es firme, por lo que no cabe recurso por parte del Consistorio.
  • CCOO considera lamentable que una institución pública, elegida por cargos electos, discrimine y coarte derechos a sus propios trabajadores y trabajadoras.

19/01/2023.
Palacio de Justicia de Navarra.

Palacio de Justicia de Navarra.

El Juzgado de lo Social Nº2 de Navarra ha dado la razón a CCOO y, por lo tanto, el Ayuntamiento de Barañain tendrá que acceder a adaptar la jornada laboral de un trabajador de la propia plantilla del Consistorio que así lo requirió hace unos meses. Esta sentencia pone en cuestionamiento, una vez más, el trato que la dirección está dando a sus propios trabajadores y trabajadoras.

La sentencia se basa en las necesidades de conciliación del trabajador y en la razonabilidad de su propuesta. Tal y como se reconoce, la modificación horaria no suponía un perjuicio para el Ayuntamiento. La alcaldía de UPN ha incumplido así su propio acuerdo, lo que supone una degradación de derechos para los trabajadores y las trabajadoras del Consistorio y un pésimo ejemplo para toda la ciudadanía. El dictamen es firme y no cabe recurso hacia él.

Para CCOO esta sentencia actuará como dique de contención ante las vulneraciones de derechos laborales que el Ayuntamiento de Barañain ha demostrado que está dispuesto a perpetrar. Es lamentable el ejemplo que algunos cargos electos del Consistorio están dando al conjunto de la ciudadanía. Son los cargos públicos los que deben demostrar de primera mano que el derecho laboral también forma parte del estado de derecho y que, por lo tanto, los acuerdos que emanan de él deben ser respetados por todas las partes implicadas.